Si usted patrocina un plan de retiro calificado — o califica por otra vía, como no tener empleados aparte de los dueños — debe certificar su exención en el portal de empleadores de CalSavers con tres datos: su FEIN, su número de cuenta de nómina del EDD y el código de acceso del aviso que le enviaron por correo. Tener el plan no lo quita de la lista: hasta que certifica, los registros del estado lo muestran como incumplido.
El error que le gana multas a empleadores que sí cumplen
El problema más común que vemos no es de elegibilidad — es de silencio. Un empleador monta su 401(k), supone que el estado puede verlo, y tira la correspondencia de CalSavers. Pero CalSavers construye su lista con los datos de nómina del EDD, y esos datos no dicen nada sobre si usted tiene un plan. Mientras no certifique, usted se ve idéntico a un empleador que no ha hecho nada — y la maquinaria de multas lo trata igual: $250 por empleado a los 90 días, $750 a los 180.
Lo que necesita antes de empezar
1. FEIN o TIN
Su número de identificación federal de empleador — el mismo que aparece en sus declaraciones de impuestos de nómina.
2. Número de nómina del EDD
Su número de cuenta de impuestos de nómina de California, ante el Employment Development Department (EDD).
3. Código de acceso de CalSavers
Viene en el aviso que CalSavers le envió por correo. ¿Lo perdió? Puede pedir uno nuevo llamando a CalSavers al (855) 650-6916 — atienden en español.
Con esos tres datos, entre al portal de empleadores en employer.calsavers.com y certifique la exención. Si su plan y su papelería están en orden, es un trámite del mismo día. Guarde la confirmación — es su comprobante si algún día llega un aviso por error.
Quién califica para la exención
| Motivo | Notas |
|---|---|
| Patrocina un plan de retiro calificado | 401(a), 401(k) — incluidos los planes de empleadores múltiples y agrupados — 403(a), 403(b), SEP (408(k)), SIMPLE (408(p)), o una IRA por deducción de nómina con inscripción automática |
| Sin empleados aparte de los dueños | Los negocios donde solo trabajan los dueños están exentos |
| Sin empleados aparte del cónyuge del dueño | También exentos |
| Solo contratistas independientes | Sin empleados W-2 no hay mandato |
| Entidad gubernamental, religiosa o tribal | Exentas por tipo de entidad |
| Negocio cerrado o vendido | Requiere carta firmada en papel membretado, con declaración final marcada "Final", forma de disolución, o un DE1 que indique el cierre |
Si ya tiene un plan: tres cosas más
- Certificar no es opcional ni automático. Es el paso que traduce "tengo un 401(k)" al idioma que el estado entiende. Sin él, la lista de incumplidos lo sigue incluyendo.
- No puede tener ambos. Un empleador exento tiene prohibido participar en CalSavers — es un camino o el otro, no los dos a la vez.
- Avise si su situación cambia. Si termina su plan o su plantilla cambia, actualice su estatus pronto en lugar de esperar un aviso. Y espere correo anual de CalSavers sobre su estatus: una carta después de certificar no es automáticamente un problema, pero tampoco la ignore.
¿Y si todavía no tiene plan?
Entonces la exención no es su trámite — su decisión es entre registrarse en CalSavers (gratis para el empleador) o montar un plan propio y después certificar. La respuesta depende de su nómina, de los ingresos del dueño y de los créditos fiscales disponibles. Aquí está la comparación completa, con honestidad primero →
Preguntas frecuentes
Tengo un 401(k). ¿Estoy exento automáticamente?
Califica para la exención, pero no es automática: debe certificarla con su FEIN, su número de nómina del EDD y el código de acceso. Cinco minutos de trámite lo separan de la lista de multas.
Perdí el aviso con el código de acceso. ¿Qué hago?
Llame a CalSavers al (855) 650-6916 y pida uno nuevo. Atienden en español.
Solo trabajamos mi esposa y yo. ¿Tenemos que hacer algo?
Los negocios sin empleados aparte de los dueños (o del cónyuge del dueño) están exentos del mandato. Si recibió un aviso, conviene certificar la exención para que el estado deje de contarlo como pendiente.
¿Me pueden ayudar con el trámite?
Sí. Si es solo la certificación, muchas veces se resuelve en la primera llamada sin costo. Si todavía está decidiendo entre CalSavers y un plan propio, ahí es donde de verdad podemos ayudar.
Resuelva esto en una llamada
Veinte minutos, sin costo, en español. Si lo único que necesita es certificar, se lo decimos y listo — sin venderle nada.